Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas que contemplan las presentes bases, los establecimientos comerciales, hosteleros y de servicios, abiertos al público, instalados en el término municipal de Basauri, que se hallen dados de alta en el IAE, con cuota en el municipio de Basauri y que tengan menos de 10 personas trabajadoras asalariadas.
Cuantías Subvencionables
Hay dos tipos de BONOS BASAURI::
- Bono de 6 euros de gasto: por cada 6 euros de compra, el Ayuntamiento subvenciona 2€ y los 4€ restantes son a cargo de las personas consumidoras.
- Bono de 15 euros de gasto: por cada 15€ de compra, el Ayuntamiento subvenciona 5€ y los 10€ restantes son a cargo de las personas consumidoras.
Se podrán comprar bonos cuya cantidad máxima sea de 60 € por DNI / NIF / NIE y no serán canjeables por dinero en efectivo ni se devolverá el dinero correspondiente en ningún caso.
El gasto deberá ser igual o superior a 6 euros
y 15 euros respectivamente por cada bono, y podrán ser utilizados por cada persona beneficiaria, en un único o varios establecimientos, en una única o en varias compras y se podrán combinar, hasta llegar al límite máximo.
Adhesión de los establecimientos
Podrán adherirse al programa aceptando los bonos como medio de pago, aquellas personas físicas o jurídicas cuyas actividades empresariales se encuadren dentro del sector comercial, hostelero y de servicios con establecimiento abierto y que cumplan los siguientes requisitos:
- Que esté dado de alta en el IAE, con cuota en el municipio de Basauri.
- Que esté ubicado en el término municipal de Basauri.
- Que el establecimiento tenga menos de 10 trabajadores asalariados.
- Que se encuentre al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes Administraciones públicas con las que tengan exigencias de carácter tributario, así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. La situación tributaria respecto del Ayuntamiento de Basauri será comprobada de oficio por el Departamento de Comercio.
Obligaciones de los establecimientos
El establecimiento adherido al programa, con la suscripción de la solicitud de adhesión, adquirirá las siguientes obligaciones:
- Se compromete a informar expresamente al Ayuntamiento de Basauri de cualquier variación de datos que haya podido producirse, especialmente en lo referente al domicilio del solicitante, de la actividad y a los datos bancarios.
- Se compromete a la recepción y colocación de los materiales publicitarios en un lugar visible de su establecimiento.
- Se compromete a canjear los bonos por producto/servicio a través de la web consu usuario y contraseña, cuando su clientela los quiera utilizar como medio de pago.
- Se compromete a dar factura simplificada o ticket de compra a la clientela en la que se tendrá que hacer constar la forma de pago, visualizando el pago con el bono.
- Se compromete a guardar una copia de la factura con el bono que ha recibido.
- Se compromete a ofrecer activamente los bonos a sus clientes y los canjearán en el momento de la venta o prestación del servicio. Los bonos serán ofrecidos a toda la clientela, mayor de 16 años, hasta el agotamiento de los mismos, comprometiéndose bajo su responsabilidad a verificar la identidad de la persona.
- Los establecimientos no podrán retener ni reservar bonos, ni destinarlos a la venta de determinados artículos ni de determinados servicios. Tampoco podrán canjear bonos para la venta de bonos-regalo.
- Se compromete a guardar una copia del ticket o factura justificativa, indicando el número del DNI y número de bonos canjeados en la compra.
- Se compromete a mantener abierto al público el establecimiento durante todo el periodo de vigencia de la campaña, en horario comercial.
- No se devolverá a los compradores dinero en metálico sobre la diferencia entre la compra y el valor del bono.
- La política de devoluciones de los bienes adquiridos mediante el bono será la que cada establecimiento determine en cuanto a plazo y forma de la devolución. En caso de devolución del producto adquirido por uno o dos bonos, no se procederá a la restitución del importe subvencionado en metálico, sino a su sustitución por otro producto del mismo establecimiento o a la devolución en metálico del importe efectivamente abonado por el/la comprador/a, debiendo en este caso comunicar la anulación de los bonos y debiendo restituir al Ayuntamiento el importe que el establecimiento hubiese percibido.
- Los Bonos Basauri y los de otras Instituciones no serán acumulables en la misma compra, debiendo vincular cada tipo de bono a una factura simplificada diferente.
- Se compromete a cumplir los principios y obligaciones establecidos en la Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres; y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales deberán hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género.
Vigencia de la Campaña
La validez del BONO BASAURI como medio de pago se limitará en exclusiva al ámbito territorial del municipio de Basauri.
El plazo de canjeo de bonos en los establecimientos adheridos a este programa será desde el 22 de abril al 19 de mayo de 2024, ambos incluidos, y será publicitado en la web.
No obstante, si finalizado ese periodo no se han agotado la totalidad de los bonos, con el fin de que el mayor número de bonos lleguen a ser consumidos por las personas beneficiarias, se podrá ampliar en un segundo periodo de canje más corto. Se redistribuirán equitativamente los bonos sobrantes o devueltos entre aquellos establecimientos que así lo soliciten en el plazo del 15 al 18 de mayo y que hayan canjeado al menos un 90% de los bonos adjudicados en el primer período de canje.
El Ayuntamiento realizará las comprobaciones oportunas y redistribuirá los bonos entre ellos, para que puedan canjearlos desde el 21 de mayo al 2 de junio.
Una vez finalizado ese periodo, perderán su validez como medio de pago.
Pago de la Ayudas
Estas ayudas tienen la consideración de subvención no reintegrable.
El abono de los importes subvencionados se realizará a nombre de la persona física o jurídica adherida a este programa.